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Declaración sucesoral en Venezuela: plazo, pasos, costos y multas

Tu Espacio Ccs, más de 20 años en Caracas · Actualizado el 16 de septiembre de 2026 · 5 min

Respuesta corta

Los herederos tienen 180 días hábiles desde el fallecimiento para presentar la declaración sucesoral ante el SENIAT, unos ocho a nueve meses. Se declara en línea en el portal del SENIAT y luego se consignan los documentos en la oficina. Presentarla tarde cuesta una multa de 100 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, y sin el certificado de solvencia que emite el SENIAT ningún registro puede inscribir la venta del inmueble heredado.

En esta guía7 secciones · 5 min de lectura

El plazo: 180 días hábiles

El artículo 27 de la Ley de Impuesto sobre Sucesiones da 180 días desde la apertura de la sucesión, que coincide con la fecha del fallecimiento. Como la ley no dice que sean continuos, el Código Orgánico Tributario los cuenta como días hábiles. En el calendario son unos ocho a nueve meses.

Si el inventario de bienes es complicado o hay un impedimento insuperable, el artículo 33 permite pedir al SENIAT un plazo extraordinario. Hay que solicitarlo antes de que venzan los 180 días, por escrito y con los motivos.

El plazo, de principio a fin
  1. Día 0

    Fallecimiento

    Se abre la sucesión y el plazo del artículo 27 empieza a correr desde esta fecha.

  2. Antes del día 180

    Prórroga, si hace falta

    Solo si el inventario es complicado o hay un impedimento insuperable. Se pide por escrito y con los motivos, y tiene que entrar antes de que venza el plazo.

  3. Día 180 hábil

    Vence el plazo para declarar

    Unos ocho a nueve meses en el calendario. A partir de aquí la declaración es extemporánea.

  4. 5 días hábiles después

    Consignar los originales

    Los ejemplares impresos y las planillas se entregan en la oficina del SENIAT dentro de los cinco días hábiles siguientes a declarar en línea.

La ley no dice cuánto dura la prórroga, y las fuentes que dan un número no coinciden entre sí. No cuentes con ella para ordenar la venta.

Los documentos

Lo que hay que reunir

Para inscribir el RIF de la sucesión

  • Acta de defunción original y copia.
  • Cédula del fallecido.
  • Cédula y RIF de cada heredero, y partidas de nacimiento de los menores de edad.
  • Comprobante de residencia firmado.

Para consignar la declaración

  • Dos ejemplares de la declaración, impresos por ambas caras, y las planillas de pago con la certificación del banco.
  • RIF sucesoral vigente.
  • Acta de matrimonio, divorcio o unión estable del fallecido, y actas de defunción de los herederos que fallecieron antes.
  • Documentos de propiedad de cada bien: inmuebles, vehículos, cuentas y acciones.
  • Facturas o documentos que prueben las deudas que se descuentan.
  • Testamento, si existe, y poder del abogado si es él quien presenta.

Paso a paso en el portal del SENIAT

  1. Inscribe el RIF sucesoral en el portal y consigna los recaudos del RIF.
  2. Entra al SENIAT en línea con el usuario y la clave de la sucesión.
  3. Ve al menú del contribuyente, luego a procesos tributarios y a sucesiones.
  4. Revisa los datos del fallecido y de los herederos, elige el tipo de herencia (testamentaria, sin testamento o a beneficio de inventario) y registra la prórroga si te la otorgaron.
  5. Carga inmuebles, bienes muebles, deudas, desgravámenes como la vivienda principal, y exenciones.
  6. En el resumen, asigna la cuota parte de cada heredero. El sistema calcula el impuesto.
  7. Declara, imprime dos ejemplares de la declaración y de las planillas, y paga. Si presentas dentro del plazo puedes pagar hasta en cuatro porciones.
  8. Consigna los originales en la oficina del SENIAT dentro de los cinco días hábiles siguientes.

Estos pasos siguen el instructivo del SENIAT y las guías de prensa de 2025 y 2026. Los nombres de los menús pueden variar en el portal.

Cuánto se paga

El impuesto se calcula sobre la cuota neta de cada heredero, en unidades tributarias, con una tarifa progresiva que depende del parentesco. Para padres, hijos y cónyuge:

Cuota de cada herederoTarifa
Hasta 15 U.T.1%
De 15,01 a 50 U.T.2,5%
De 50,01 a 100 U.T.5%
De 100,01 a 250 U.T.7,5%
De 250,01 a 500 U.T.10%
De 500,01 a 1.000 U.T.15%
De 1.000,01 a 4.000 U.T.20%
Más de 4.000 U.T.25%
Artículo 7 de la Ley de Impuesto sobre Sucesiones, con sustraendos en cada tramo. Hermanos, sobrinos y otros parientes pagan tarifas más altas.
  • La unidad tributaria vale 43 bolívares desde el 2 de junio de 2025.
  • La cuota de 75 U.T. o menos que recibe un padre, un hijo o el cónyuge está exenta (artículo 8).
  • La vivienda principal del fallecido queda fuera de la base imponible cuando pasa a padres, hijos o cónyuge (artículo 10). En el portal se carga como desgravamen.

Con la unidad tributaria en 43 bolívares, el tramo más alto empieza en 172.000 bolívares. Por eso la exclusión de la vivienda principal es lo que más pesa en una sucesión con un apartamento en Caracas.

Multas si presentas tarde

SituaciónMulta
Presentar tarde, dentro del año siguiente al vencimiento100 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor
No presentar, o presentar con más de un año de retraso150 veces ese tipo de cambio
Artículo 103 del Código Orgánico Tributario.
  • Se suman intereses de mora.
  • Pierdes la opción de pagar en porciones.
  • Los bienes de la herencia quedan afectados al pago del impuesto y de las multas (artículo 50).
  • Sin certificado de solvencia no se puede registrar la venta de ningún inmueble heredado (artículo 51).

Si algún heredero vive en el exterior

Cada heredero necesita RIF vigente para inscribir la sucesión. Quien vive fuera puede actuar mediante un poder especial otorgado en un consulado venezolano o ante un notario local con apostilla. Conviene que el poder cubra las dos etapas: el trámite ante el SENIAT y la venta en el registro. Cómo redactarlo está en la guía del poder especial.

El certificado de solvencia y la venta

Cuando el impuesto está pagado, o la herencia resulta exenta, el SENIAT emite el certificado de solvencia (artículo 45). El artículo 51 prohíbe a registradores, jueces y notarios inscribir cualquier venta de un bien heredado sin ese certificado.

Con el certificado en mano sigue el resto de la venta: actualizar la cédula catastral a nombre de la sucesión, pedir la solvencia municipal y la cita en el registro. El orden completo está en la guía para vender.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo hay para hacer la declaración sucesoral?

180 días hábiles desde el fallecimiento, unos ocho a nueve meses. La prórroga debe pedirse antes de que venza ese plazo.

¿Cuál es la multa por no hacer la declaración sucesoral a tiempo?

100 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor si presentas dentro del año siguiente al vencimiento, y 150 veces si no presentas o lo haces más tarde, más intereses de mora.

¿Se paga impuesto por heredar la vivienda de mis padres?

La vivienda principal del fallecido queda fuera de la base imponible cuando pasa a sus hijos, padres o cónyuge. Los demás bienes pagan según la tarifa progresiva, y las cuotas pequeñas de familiares directos están exentas.

¿Puedo vender el apartamento heredado antes de terminar la sucesión?

No. El registro necesita el certificado de solvencia del SENIAT para inscribir la venta, salvo una autorización expresa del ministerio.

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Esta guía es información general, no asesoría legal. La normativa venezolana cambia con frecuencia: confirma cada trámite con un abogado antes de actuar.

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