Alquila tu inmueble en Caracas
Buscamos al inquilino y redactamos el contrato con nuestro abogado aliado.
En resumen
Desde la ley de arrendamiento de agosto de 2026 el canon puede acordarse en moneda extranjera y el propietario llega a los tribunales sin el paso administrativo previo. Buscamos al inquilino, redactamos el contrato y hacemos el inventario de entrega firmado por ambas partes.
Cómo trabajamos
Valoramos el canon
Con lo que realmente se está pagando hoy en la zona, no con lo que se pedía hace dos años.
Buscamos al inquilino
Ficha con video y difusión donde buscan los inquilinos. Coordinamos las visitas y te presentamos a los interesados.
Contrato e inventario
Contrato redactado por el abogado bajo la ley de 2026, con canon en divisas e inventario fotográfico firmado.
¿Solo quieres saber cuánto podrías cobrar?
Te damos un rango de canon para tu zona y tipo de inmueble, sin compromiso.
Consultar el canon por WhatsAppPor qué confiar
Contrato revisado
Redactado por nuestro abogado aliado bajo la ley vigente, no una plantilla descargada.
Cobro en divisas
El canon se pacta en moneda extranjera, con la forma de pago escrita en el contrato.
Preguntas frecuentes
¿Se puede cobrar el alquiler en dólares en Venezuela?
Sí. Desde la ley de agosto de 2026 el canon puede acordarse en moneda extranjera, siempre que el contrato lo establezca de forma expresa.
¿Qué pasa si el inquilino deja de pagar?
La ley de 2026 elimina el paso administrativo previo, de modo que el propietario puede acudir directamente a los tribunales. Los plazos reales dependen del tribunal.
¿Pueden administrar el alquiler si vivo fuera?
Podemos encargarnos de la búsqueda, el contrato y la entrega. La administración mensual continua se acuerda caso por caso.