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Vende tu inmueble en Venezuela desde el exterior

No necesitas viajar. La venta se hace mediante un poder especial y tú sigues cada paso por videollamada.

En resumen

Para vender un inmueble en Venezuela desde el exterior necesitas otorgar un poder especial de venta ante el consulado venezolano o, si el consulado no está operativo, ante notario local con apostilla de La Haya. Con ese poder, una persona de tu confianza firma en tu nombre. El resto de los documentos es el mismo que en cualquier venta.

Cómo trabajamos

1

Hablamos por videollamada

Revisamos qué tienes, en qué estado está y qué documentos existen. Sin compromiso.

2

Preparamos el poder especial

Ante el consulado venezolano o, si está cerrado, ante notario local con apostilla. Nuestro abogado aliado redacta el texto para que sirva en el registro.

3

Avalúo, fotos y video

Visitamos el inmueble, lo valoramos y grabamos el recorrido. Lo ves todo antes de que se publique.

4

Visitas y negociación

Filtramos a los interesados, acompañamos cada visita y te reportamos por WhatsApp.

5

Cierre y transferencia

Opción de compraventa, protocolización en el registro y entrega, con la declaración jurada de origen de fondos que exige el registro.

¿Solo quieres saber cuánto vale?

Te damos un rango de precio para tu inmueble con datos del mercado actual, aunque todavía no pienses vender.

Pedir un rango por WhatsApp

Por qué confiar

Una persona en Caracas

Visitas, fotos y gestiones hechas por alguien que está físicamente allí y te reporta.

Abogado aliado

El poder y el cierre pasan por un abogado, no por un conocido con buena voluntad.

Registro ONCDOFT

Inscripción vigente, verificable antes de darnos cualquier encargo.

Preguntas frecuentes

¿Puedo vender mi inmueble en Venezuela sin viajar?

Sí. Con un poder especial de venta otorgado ante el consulado venezolano o ante notario local con apostilla, una persona autorizada puede firmar en tu nombre.

¿Qué hago si el consulado venezolano de mi país está cerrado?

La alternativa es otorgar el poder ante un notario local y apostillarlo. Es la vía más usada desde que varios consulados dejaron de operar en 2026.

¿Cómo recibo el dinero de la venta?

Se acuerda antes de firmar y queda reflejado en el documento. El registro exige además una declaración jurada de origen de los fondos por parte del comprador.

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